Se cubren los daños materiales directos sufridos por los equipos electrónicos asegurados por cualquier causa accidental súbita e imprevista, que no haya sido excluida expresamente y mientras se encuentren en el domicilio de riesgo declarado.
Daños materiales directos.
Daños por falla en la red eléctrica pública.
Incendio.
Accidente.
Robo (excluye hurto).
Se cubre la maquinaria y equipos a partir del momento en que se encuentre efectuando su función específica incluyendo su eventual traslado desde o hacia el lugar de trabajo, depósito u obrador en el ámbito de la República Argentina, como consecuencia de
Incendio
Accidente
Robo
Hurto
Ampara todo tipo de maquinarias, específicamente aquellas en las cuales un daño y/o averías puede provocar perjuicios graves de índole financiera y/o económicas, fundamentalmente maquinarias e instalaciones fijas destinadas a la producción en serie, tales como: generadores de energía (calderas, turbinas, etc.), máquinas e instalaciones distribuidoras de energía eléctrica (transformadores, etc), máquinas de producción y equipos auxiliares (bombas, compresores, etc.).
Ampara los riesgos producto de la construcción propiamente dicha, entre los que se cuenta el incendio, rayo, explosión, caída de aviones, robo, etc. Durante el montaje se cubre: errores, impericia, descuido y actos malintencionados, caída de partes del objeto que se monta, robo, incendio, rayo, explosión, hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o de rocas, etc. Se pueden cubrir todo tipo de obras de construcción tales como edificios, hoteles, escuelas, hospitales, fábricas, plantas industriales, carreteras, entre otras, y de montajes como por ejemplo montajes de maquinarias, acueductos, calderas, compresores, ascensores, motores, grúas, etc., estos pueden ser montajes individuales y desmontajes.